Debido a la crítica situación internacional que ha producido la invasión rusa en Ucrania, debemos hacer varias consideraciones sobre el acceso de nacionales ucranianos a un permiso de residencia y trabajo dentro de la Unión Europea y, en especial, a solicitar un permiso en España.
Nicolas Vieira, asesor de movilidad internacional en GD Global Mobility, explica que “la situación está en permanente cambio y actualización, pero que al momento se están estableciendo centros de recogida donde se podrá solicitar la protección temporal sin pasar por los pasos normales de los solicitantes de asilo.
En todo caso, estas son las consideraciones que hacemos a las 12 horas del 07 de marzo de 2022 sobre la situación migratoria y de movilidad internacional derivada del conflicto bélico entre Rusia y Ucrania. Esperamos que durante los próximos días se fijen los detalles sobre los que operarán las medidas de protección temporal.
Aplicación de la Directiva 2001/55/CE
Los nacionales ucranianos deben entrar al territorio español para solicitar algún permiso de residencia o estancia. No obstante, José Luis Escrivá, ministro de inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Gobierno de España, ha declarado que se está en constante comunicación con la embajada de Ucrania en Madrid, así como con asociaciones de ucranianos en España para facilitar la entrada de desplazados, principalmente de menores no acompañados y de menores con discapacidad.
En todo caso, es importante resaltar, con respecto a la movilidad, que la Unión Europea no exige visado para los nacionales ucranianos (lo que supone muchísimas facilidades a la hora de instalarse en un país miembro).
De igual modo, desde la decisión del Consejo de 4 de marzo de 2022 de aplicar la Directiva 2001/55/CE, se establece un régimen especial permitiéndose el acceso a la UE a las personas que han debido dejar Ucrania debido al conflicto.
En virtud de esta Directiva, deberán ser admitidas en la UE por razones humanitarias sin necesidad de tener un visado, medios de subsistencia o documento de viaje válido. Incluso aquellos que no están protegidos por la Directiva y se les dé acceso a la UE para facilitar el regreso a su país.
Permiso de residencia temporal aprobado por el Consejo Europeo
Esta Directiva tiene como principal finalidad coordinar a los diferentes países de la unión en la concesión a los ciudadanos de Ucrania de un permiso de residencia y trabajo llamado de protección temporal. Una protección temporal que tendrá una duración de un año y prorrogable hasta por 3 años adicionales.
Según el ministro José Luis Escrivá, actualmente se están coordinando tres centros de acogida donde se podrá solicitar dicho permiso, así como coordinar el acceso a los demás derechos que tendrán los beneficiarios de la protección temporal. Por el momento, estos lugares son en Madrid: centro de formación de la Seguridad Social en Madrid, en Alicante: Ciudad de la Luz, y otro en Barcelona aún sin lugar definido.
Este permiso podría ser revocado en cualquier momento, es decir, que en caso de que se normalice la situación en Ucrania, se acabará el periodo de protección temporal y el ciudadano extranjero deberá cambiar esta tarjeta por otra.
De igual modo, este permiso será un permiso de residencia con aplicación nacional, por lo que no podrá beneficiarse en otro Estado miembro diferente al que concedió el permiso de residencia y trabajo. Sin embargo, puede ser ampliado por la normativa nacional. En nuestro caso, el legislador español fijará su ampliación, en tiempo y forma.
Beneficiarios de la protección temporal
Los beneficiarios de esta Directiva serán los:
- nacionales ucranianos residentes en Ucrania desplazados a partir del 24 de febrero de 2022;
- nacionales de otros países residentes de larga duración en Ucrania, esto incluye a refugiados, apátridas, etc.;
- familiares de los nacionales ucranianos y los familiares de los residentes de larga duración, entendiéndose como familiares a cónyuges, parejas estables, hijos menores dependientes y familiares cercanos que convivan o dependan del ciudadano.
Los residentes temporales como estudiantes o trabajadores temporales no serán beneficiarios de este permiso, pero se les debe permitir el acceso a la UE debido a la situación humanitaria.
En conclusión, esta protección temporal debe permitir rápidamente que las personas desplazadas disfruten de derechos armonizados en toda la UE.
¿Qué derechos tienen los beneficiarios de la protección temporal?
España, como cada Estado miembro de la Unión Europea, determinará de manera interna los derechos que tendrán estas personas.
Por el momento, la directiva habla que la protección temporal incluye:
- un permiso de residencia;
- la posibilidad de ejercer actividades por cuenta propia o ajena;
- el acceso a un alojamiento adecuado, y;
- la necesaria asistencia social, médica o de otro tipo y medios de subsistencia.
En el caso de los menores no acompañados, la protección temporal debe permitirles disfrutar, además, de tutela legal. Las personas menores de 18 años también deben tener acceso a la educación.
A pesar de que la mencionada Directiva ya ha sido aplicada, ahora es el turno del Gobierno español, el cual deberá facilitar instrucciones internas en las que se determine la forma de ejecutar esta Directiva por las autoridades competentes, así como ha venido haciendo el día de hoy el ministerio de inclusión, seguridad social y migraciones.
De igual modo, tras la activación de la Directiva, en España por el momento se ha emitido una nota informativa de las distintas situaciones en las que se podrán encontrar las personas que huyan de la guerra de Ucrania, pero la situación sigue evolucionando constantemente.
Se espera que durante los próximos días se aclare esta situación para poder conocer la forma de ejecutar la acogida de personas que huyen de la guerra de Ucrania y dar respuesta a las numerosas consultas que nos llegan sobre esta situación de urgencia.
¿Qué dice esta nota informativa?
Podrán acceder al Sistema de Acogida de Protección Internacional las siguientes personas:
- Personas desplazadas de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022 a consecuencia de la invasión rusa iniciada en tal fecha.
- Personas residentes en Ucrania que se encontraban en España cuando estalló el conflicto y no han podido regresar a su país.
En ambos casos se incluyen nacionales ucranianos residentes en Ucrania y nacionales de terceros países o personas apátridas residentes de larga duración en Ucrania, con sus familias.
Para ser acogidas en el Sistema, estas personas deberán carecer de recursos económicos, y cumplir el resto de los requisitos establecidos en el Manual de Gestión del Sistema.
Para permanecer en el Sistema estas personas deberán, lo antes posible y en cualquier caso en un plazo máximo de 3 meses, estar documentados, bien mediante manifestación de voluntad de solicitar protección internacional, bien mediante solicitud de protección internacional, bien mediante documentación acreditativa de ser beneficiarias de protección temporal.
España, como cada Estado miembro de la Unión Europea, determinará los derechos que tendrán estas personas y fijará instrucciones internas de aplicación y ejecución de las medidas.
Cooperación
La Directiva permite la cooperación coordinada entre los Estados miembros para la acogida de los ciudadanos ucranianos.
Por ahora, no está clara si la coordinación implicará la asignación de cuotas de recepción a cada país. Sin embargo, estos nacionales ucranianos y residentes de larga duración tienen libertad de movimiento en el Espacio Schengen. Los países trabajarán de forma coordinada para evitar posibles colapsos en los sistemas de los Estados miembros.
Para que nos hagamos una idea de las dimensiones que tiene el conflicto en el escenario migratorio, las estimaciones sugieren una cifra posiblemente entre 2,5 millones y 6,5 millones de personas desplazadas debido al conflicto armado, de las cuales se calcula que entre 1,2 y 3,2 millones podrían solicitar protección internacional.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados estima que, en el peor escenario, hasta 4 millones de personas podrían huir de Ucrania.