Según las estadísticas oficiales y los datos de Idealista.com los chinos y rusos siguen copando el ranking de largo de las compras inmobiliarias. Este interés en la realización de la inversión inmobiliaria en España está provocado en mayor medida por la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores, que ofrece la posibilidad de concesión de autorizaciones de residencia con la posibilidad de libre circulación por la mayoría de los países de la Unión Europea a cambio de una inversión significativa de capital. Según los datos de la Secretaría de Estado de Comercio, los ciudadanos chinos y rusos son los que más se han aprovechado de esta regulación desde su entrada en vigor en septiembre de 2013 aunque en el ranking también se encuentran las nacionalidades como la ucraniana, la venezolana, estadounidense y nacionales de Arabia Saudí.
El requisito principal para obtener la autorización de residencia para inversores es realizar una inversión significativa en España directamente o a través de una persona jurídica controlada por el solicitante y no domiciliada en paraíso fiscal.
¿Por qué es tan atractiva esta autorización de residencia?
Es una autorización que tiene una serie de ventajas:
- A diferencia de todas las demás existentes, para esta autorización de residencia no se requiere residencia efectiva en España. En otras palabras, permite a su titular elegir entre efectivamente residir en España, convirtiéndose en residente fiscal o utilizar la residencia como un mero visado de entradas múltiples.
- Da derecho a trabajar por cuenta ajena, por cuenta propia y contratar, si procede a terceros.
- Tramitación conjunta o posteriormente para los familiares, pero no es necesario esperar 1 año tal como ocurre en las demás autorizaciones de residencias para familiares. Pueden solicitar la residencia incluso los hijos mayores de edad y los ascendientes, acreditando la dependencia económica del titular, los primeros y, la posición de estar al cargo, los segundos.
- El plazo de tramitación del visado y de la residencia es más reducido.
- Tiempo de validez - la residencia inicial para inversores tiene validez de 2 años, renovable por sucesivos periodos de 5 años, siempre que la inversión se mantenga.
- Posibilidad de solicitar la autorización de residencia directamente desde España, evitando el procedimiento de solicitud de visado ante el Consulado de España en el país de residencia actual - En este caso los solicitantes tienen que estar legalmente en España en el momento de la presentación de la solicitud (efectuar una entrada con visado turístico, por ejemplo).
La inversión tiene que ser de al menos uno de los siguientes supuestos siendo el de la inversión inmobiliaria más popular:
- Adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros, libre de impuestos y cargas (supuesto más común).
- 1 millón de euros en acciones o participaciones de sociedades de capital con actividad real de negocio.
- 1 millón de euros en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España
- 1 millón de euros en depósitos bancarios. El solicitante tiene que ser el titular único del depósito bancario.
- 2 millones de euros en deuda pública española. El solicitante tiene que sel titular único de la inversión para un periodo igual o superior a 5 años.
Si la inversión se lleva a cabo por un matrimonio en régimen de gananciales o análogo y la cuantía no asciende, al menos, al doble de los umbrales previstos se considerará que ha sido efectuada por uno de los cónyuges, pudiendo el otro cónyuge solicitar un visado de residencia como familiar. Si, por el contrario, la inversión realizada por el matrimonio, es igual o superior al doble de los umbrales previstos, ambos cónyuges podrán solicitar y obtener el visado o autorización de residencia como inversor.
La condición de mantener la inversión
Los extranjeros deberán mantener durante la vigencia de los visados o autorizaciones las condiciones que les dieron acceso a los mismos, pudiendo las autoridades realizar las debidas comprobaciones. Las modificaciones han de ser comunicadas a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos en el plazo de 30 días. Si se verifica que no se cumplen las condiciones legalmente establecidas el órgano competente podrá extinguir, de manera motivada, previo trámite de audiencia el visado o la autorización.
Importante saber
Aunque no existe la obligación de residencia efectiva en los tiempos de la autorización, si se quiere obtener la nacionalidad española o residencia larga duración, habrá de acreditarse la residencia en los años anteriores por períodos superiores a seis meses cada año.