La Dirección General de Tributos ha aclarado a través de una consulta vinculante que los días de cuarentena (confinamiento) en el país extranjero permiten a un trabajador beneficiarse de la exención prevista en el artículo 7.p) de la LIRPF.
Los días en confinamiento computan a efectos del 7.p)
Debido a las restricciones sanitarias que imperan en el panorama actual por la crisis del Covid-19, muchos países han decidido imponer cuarentenas a todo viajero que llegue a su territorio. Ante este escenario, la cuestión planteada a la DGT es si el tiempo que un trabajador permanece en el país de destino cumpliendo la cuarentena impuesta por las autoridades de dicho país computa como días que efectivamente el trabajador ha estado desplazado en el extranjero a los efectos de calcular la retribución exenta que prevé el artículo 7.p) de la LIRPF.
Es decir, la DGT pretende aclarar si para calcular los rendimientos exentos de tributación debe computarse el tiempo que el trabajador desplazado permanece en cuarentena en el país de destino.
En respuesta a esta cuestión, la DGT recuerda la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 25 de febrero de 2021, la cual establece que en la expresión "rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero" contenida en el artículo 7.p) LIRPF deben entenderse comprendidos los rendimientos de trabajo percibidos por el trabajador que correspondan a los días de desplazamiento al país de destino o de regreso a España.” Aquí te detallamos más información sobre esta sentencia: cómputo de los días de tránsito a efectos del 7.p)
Utilizando este razonamiento del Tribunal Supremo, y a efectos de la aplicación de la exención en el IRPF prevista en el artículo 7.p) de su normativa, Tributos contesta que:
- los días de desplazamiento al país de destino deben computarse para calcular los rendimientos exentos.
- el tiempo que el trabajador permanece en el país de destino cumpliendo la cuarentena impuesta computará igualmente a efectos de determinar los días de desplazamiento en el extranjero para calcular los rendimientos que estarán exentos.
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Nota: Aquí puedes leer más sobre el artículo 7.p) y los requisitos que se necesitan para su aplicación: Exención del IRPF a trabajadores desplazados en el extranjero